EL COMISO DEL VEHÍCULO

El comiso, que también recibe el nombre de decomiso o confiscación, consiste en la privación definitiva de un bien o derecho (en este caso de un vehículo), padecida por su titular y derivada de su vinculación con un hecho antijurídico. No obstante, no solo se produce la privación del bien o derecho, sino que también tiene lugar un desplazamiento de la titularidad del mismo, pasando ésta a manos del Estado.

Causación de un delito contra la seguridad vial

En este sentido, conviene señalar el artículo 385 bis del Código Penal, en virtud del cual el vehículo a motor o ciclomotor que haya sido utilizado en la causación de un delito contra la seguridad vial se considerará instrumento del delito a los efectos de las consecuencias accesorias recogidas en el ya citado texto legal por la comisión de ciertos delitos o faltas. Esto consiste en que todas las penas que se imponga por un delito o falta dolosos acarrearán la pérdida de los efectos, bienes, medios o instrumentos con los que se haya ejecutado la acción (siempre que no pertenezcan a un tercero de buena fe no responsable del delito, y que los haya adquirido legalmente).

Confiscación del vehículo

Con anterioridad a la regulación actual (LO 5/2010), la confiscación del vehículo estaba prevista únicamente para los supuestos de comisión del delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás. Sin embargo, actualmente, esta medida es posible aplicarla para cualquier tipo de delito contra la seguridad vial para cuya comisión se haya utilizado un vehículo a motor o ciclomotor.

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